Cuánto cuesta escriturar: los gastos del comprador
El precio de la propiedad no es lo único que vas a pagar. Los gastos de escrituración se suman arriba y, si no los contás desde el principio, aparecen justo cuando ya no tenés margen. Esta es la lista de qué se paga, quién lo paga y cómo estimarlo.
Los gastos de escrituración no se financian: se pagan en el acto, en efectivo o transferencia, el mismo día de la firma. Si armaste el presupuesto contando solo el precio de la propiedad, vas a llegar corto.
La regla práctica es simple: antes de hacer una oferta, sumá los gastos al precio y preguntate si ese número total sigue cerrando.
Es el gasto más grande del comprador después del precio.
El escribano hace el estudio de títulos, pide los informes al Registro, verifica que no haya restricciones, redacta la escritura y da fe del acto. También retiene e ingresa los impuestos que correspondan.
Lo elige el comprador, precisamente porque es quien paga sus honorarios. No aceptes que te impongan el escribano del vendedor: es tu garantía de que el estudio de títulos se hace mirando por tus intereses.
Los honorarios se calculan como un porcentaje sobre el valor de la operación y pueden variar entre escribanías. Pedí presupuesto a dos o tres antes de decidir, y que te lo den detallado: honorarios por un lado, gastos e impuestos por otro.
Es un impuesto provincial —en CABA, de la Ciudad— que grava la escritura de compraventa.
Dos cosas importantes:
Suele repartirse entre las partes, aunque el reparto se acuerda y conviene dejarlo escrito en el boleto o la reserva.
Existen exenciones. La más habitual es la de vivienda única y de ocupación permanente, que suele eximir total o parcialmente al comprador hasta cierto valor. Ese tope se actualiza y las condiciones son específicas, así que confirmalo para tu caso concreto: puede representar una diferencia grande.
Para que la escritura tenga efecto frente a terceros hay que inscribirla en el Registro de la Propiedad Inmueble, y esa inscripción tiene un arancel.
También se pagan aranceles por los informes previos —dominio, inhibiciones— que pide el escribano durante el estudio de títulos.
Estos valores se actualizan periódicamente. Podés calcularlos con la calculadora de aranceles del RPI, que tiene los valores vigentes, y ver el detalle en la nota sobre aranceles.
Gastos menores en comparación, pero existen y se suman: certificados de dominio e inhibiciones, certificado catastral, informes del administrador del consorcio, certificados de libre deuda.
Suelen quedar dentro de "gastos" en el presupuesto del escribano. Pedí que te los discriminen para saber qué estás pagando.
El reparto habitual —que es costumbre, no ley, y se puede negociar— es aproximadamente así:
El comprador paga los honorarios del escribano que eligió, los aranceles de inscripción, los informes y certificados del estudio de títulos, y la parte del impuesto de sellos que le corresponda.
El vendedor paga los libres deuda de la propiedad —ABL, expensas, servicios hasta la fecha de escritura—, su parte del impuesto de sellos, y los impuestos que graven su ganancia si corresponden.
Como es costumbre y no ley, conviene dejarlo escrito en el boleto o la reserva. "Gastos a cargo de quien corresponda" no resuelve nada: escribí quién paga qué.
Un método práctico:
- Pedí dos o tres presupuestos de escribanía sobre el precio que estás por ofertar. Que sean detallados.
- Calculá los aranceles del Registro con la calculadora.
- Confirmá si te corresponde la exención de sellos por vivienda única. Es la variable que más puede mover el total.
- Sumá todo al precio y mirá el número final.
Si ese número total te deja sin colchón, conviene ajustar la oferta antes y no descubrirlo el día de la firma.
Reservar una propiedad antes de tener la cuenta hecha.
La reserva o seña se entrega temprano, y si después de sumar los gastos el número no cierra, salir de esa reserva puede costarte el dinero entregado. Hacé la cuenta antes de poner plata, no después.
Si querés que revisemos los números de una operación concreta —sea de una propiedad publicada acá o de cualquier otra— escribinos y lo miramos juntos.
Esta nota es orientativa y no reemplaza el asesoramiento profesional. Alícuotas, topes de exención y aranceles se actualizan periódicamente y varían según la jurisdicción: confirmá los valores vigentes con tu escribano antes de cerrar números.
